Catamarca está incluida en la ley nº 18.575, que rige desde 1970. Sin embargo, es tarea de los legisladores nacionales impulsar estímulos.
Tarea. Los legisladores nacionales deben generar incentivos.
La ley 18.575 de zona y área de frontera establece que deben
hacerse "las previsiones tendientes a promover el crecimiento sostenido
del espacio adyacente al límite internacional de la República". Para
ello, propone "crear las condiciones adecuadas para la radicación de
pobladores, mejorar la infraestructura y explotar los recursos
naturales". En ese sentido, la ley plantea que deben generarse estímulos
y beneficios para tal fin, pero en Catamarca no existen: es tarea de
los legisladores nacionales gestionarlos.
La falta de beneficios para la radicación de habitantes en zonas
desfavorables quedó en evidencia por el reciente conflicto con el sector
de la Salud, y los médicos que no quieren instalarse en el interior
porque es alta la presión tributaria (ver aparte).
El artículo nº6 de la ley de área de frontera establece que las
medidas promocionales para garantizar el desarrollo de estas áreas deben
proporcionar adecuada infraestructura de transporte y comunicaciones,
apoyos de carácter económico y financiero, régimen especial crediticio e
impositivo para industrias, facilidad de acceso al terreno y la
vivienda, elevación del nivel educativo y sanitario, y todo tipo de
facilidades que contribuyan al objetivo planteado.
Con el decreto 468/1970 se reglamentó la ley nº 18.575, en la
gestión del presidente de facto, Juan Carlos Onganía. Catamarca integra
la zona de frontera según se indica en el artículo nº 15 inciso "b" del
decreto. En ese sentido, se incluye exclusivamente a los departamentos
de Antofagasta de la Sierra, Belén y Tinogasta.
Según el mismo decreto, el Poder Ejecutivo Nacional, a través del
Consejo Nacional de Desarrollo, evaluará las condiciones y posibilidades
de crecimiento de las zonas que integran el área de frontera e
informará a los gobernadores.
Sin embargo, la posibilidad de conseguir mayores beneficios
tributarios deben gestionarse en el Congreso de la Nación, donde
Catamarca tiene ocho representantes: los diputados Isauro Molina, Marcia
Ortiz y Néstor Tomassi por el FV, y Eduardo Brizuela del Moral y Myrian
Juárez por el FCS; y los senadores Oscar Castillo y Blanca Monllau
(FCS) e Inés Blas de Zamora (FV).
El conflicto con los médicos en la provincia reflotó la falta de
beneficios y puso en escena la rediscusión de esta normativa, ya que los
profesionales no se instalan en las localidades del interior por la
alta presión tributaria o por la falta de estímulos para hacerlo, ya que
en muchos casos el incentivo por zona es ínfimo. Es que, según plantean
los gremios, el impuesto a las ganancias está desatando los grandes
conflictos con los médicos, que eligen renunciar a las guardias para no
ser alcanzados por ese compromiso.
Ocurrió en la Maternidad "25 de Mayo", donde hubo una renuncia
masiva de médicos que superaban el tope y eran alcanzados por este
tributo nacional.
El subsecretario de Salud, Oscar "Kelo" Brizuela, había sido
crítico con los legisladores nacionales, a quienes les pidió mayor
voluntad para que Catamarca obtenga beneficios similares a los que hay
en la zona sur del país, donde las guardias se pagan al doble que en la
provincia. "Los médicos recién recibidos eligen irse al sur y no ir al
interior y por eso nos faltan profesionales", expresó Brizuela.
Es que además de un mejor pago, en el sur los médicos tienen
excepciones en el tope para ser alcanzados por el impuesto a las
ganancias, y otra serie de beneficios tributarios que hacen la oferta
mucho más tentadora que la de Catamarca.
Qué establece la ley provincial
En mayo de este año, se convirtió en ley provincial la Zona de
Área de Frontera de Catamarca, que en definitiva es una adhesión a la
ley nacional impulsada por Saadi.
Los objetivos generales de esta iniciativa son establecer un
régimen provincial de estímulos promocionales, a fin de alcanzar los
objetivos de la mencionada ley nº 18.575 y los dispuestos en el artículo
55º de la Constitución Provincial, que establece que la provincia
"promueve el desarrollo de las zonas de frontera, de las más
despobladas, con infraestructura económica insuficiente o de menor
desarrollo relativo y las unidades económicas familiar, cooperativa y de
pequeña y mediana empresa".
Este proyecto lo presentó el senador por Tinogasta, Bernardo Quintar (FCS).
Ley nº 18.575
La ley dee zona y área de frontera contó entre su impusores al
extinto ex gobernador y ex senador nacional Vicente Saadi. Se reglamentó
el 30 de enero de 1970.
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