martes, 4 de agosto de 2015

El Congreso debe gestionar los beneficios por zona de frontera

El Congreso debe gestionar los beneficios por zona de fronteraLA LEY NACIONAL INDICA QUE DEBEN FACILITARSE MEDIDAS PROMOCIONALES PARA EL DESARROLLO

Catamarca está incluida en la ley nº 18.575, que rige desde 1970. Sin embargo, es tarea de los legisladores nacionales impulsar estímulos.

Tarea. Los legisladores nacionales deben generar incentivos.
La ley 18.575 de zona y área de frontera establece que deben hacerse "las previsiones tendientes a promover el crecimiento sostenido del espacio adyacente al límite internacional de la República". Para ello, propone "crear las condiciones adecuadas para la radicación de pobladores, mejorar la infraestructura y explotar los recursos naturales". En ese sentido, la ley plantea que deben generarse estímulos y beneficios para tal fin, pero en Catamarca no existen: es tarea de los legisladores nacionales gestionarlos.

La falta de beneficios para la radicación de habitantes en zonas desfavorables quedó en evidencia por el reciente conflicto con el sector de la Salud, y los médicos que no quieren instalarse en el interior porque es alta la presión tributaria (ver aparte).

El artículo nº6 de la ley de área de frontera establece que las medidas promocionales para garantizar el desarrollo de estas áreas deben proporcionar adecuada infraestructura de transporte y comunicaciones, apoyos de carácter económico y financiero, régimen especial crediticio e impositivo para industrias, facilidad de acceso al terreno y la vivienda, elevación del nivel educativo y sanitario, y todo tipo de facilidades que contribuyan al objetivo planteado.
Con el decreto 468/1970 se reglamentó la ley nº 18.575, en la gestión del presidente de facto, Juan Carlos Onganía. Catamarca integra la zona de frontera según se indica en el artículo nº 15 inciso "b" del decreto. En ese sentido, se incluye exclusivamente a los departamentos de Antofagasta de la Sierra, Belén y Tinogasta.

Según el mismo decreto, el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Consejo Nacional de Desarrollo, evaluará las condiciones y posibilidades de crecimiento de las zonas que integran el área de frontera e informará a los gobernadores.

Sin embargo, la posibilidad de conseguir mayores beneficios tributarios deben gestionarse en el Congreso de la Nación, donde Catamarca tiene ocho representantes: los diputados Isauro Molina, Marcia Ortiz y Néstor Tomassi por el FV, y Eduardo Brizuela del Moral y Myrian Juárez por el FCS; y los senadores Oscar Castillo y Blanca Monllau (FCS) e Inés Blas de Zamora (FV).

El conflicto con los médicos en la provincia reflotó la falta de beneficios y puso en escena la rediscusión de esta normativa, ya que los profesionales no se instalan en las localidades del interior por la alta presión tributaria o por la falta de estímulos para hacerlo, ya que en muchos casos el incentivo por zona es ínfimo. Es que, según plantean los gremios, el impuesto a las ganancias está desatando los grandes conflictos con los médicos, que eligen renunciar a las guardias para no ser alcanzados por ese compromiso.

Ocurrió en la Maternidad "25 de Mayo", donde hubo una renuncia masiva de médicos que superaban el tope y eran alcanzados por este tributo nacional.

El subsecretario de Salud, Oscar "Kelo" Brizuela, había sido crítico con los legisladores nacionales, a quienes les pidió mayor voluntad para que Catamarca obtenga beneficios similares a los que hay en la zona sur del país, donde las guardias se pagan al doble que en la provincia. "Los médicos recién recibidos eligen irse al sur y no ir al interior y por eso nos faltan profesionales", expresó Brizuela.

Es que además de un mejor pago, en el sur los médicos tienen excepciones en el tope para ser alcanzados por el impuesto a las ganancias, y otra serie de beneficios tributarios que hacen la oferta mucho más tentadora que la de Catamarca.
 
Qué establece la ley provincial
 
En mayo de este año, se convirtió en ley provincial la Zona de Área de Frontera de Catamarca, que en definitiva es una adhesión a la ley nacional impulsada por Saadi.
Los objetivos generales de esta iniciativa son establecer un régimen provincial de estímulos promocionales, a fin de alcanzar los objetivos de la mencionada ley nº 18.575 y los dispuestos en el artículo 55º de la Constitución Provincial, que establece que la provincia "promueve el desarrollo de las zonas de frontera, de las más despobladas, con infraestructura económica insuficiente o de menor desarrollo relativo y las unidades económicas familiar, cooperativa y de pequeña y mediana empresa".
Este proyecto lo presentó el senador por Tinogasta, Bernardo Quintar (FCS).
 
 Ley nº 18.575
 
La ley dee zona y área de frontera contó entre su impusores al extinto ex gobernador y ex senador nacional Vicente Saadi. Se reglamentó el 30 de enero de 1970.

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