Fue condenado por la muerte de su cuñado
Tal como anticipó la familia a este medio, la defensa intenta revertir un fallo con "graves inexactitudes y arbitrariedades".
Tendrá acceso a otra instancia.
El hecho ocurrió en Las Barrancas, departamento Belén, en junio de 2009, cuando Lorenzo Américo Saracho fue encontrado muerto en su domicilio. De acuerdo con la sentencia, Aguiar lo habría golpeado en la cabeza con una regla metálica de carpintero, lo que le provocó la muerte.
De este modo, el fallo que en su momento fuera severamente criticado por los letrados Alberto Furque y Beatriz Monllau, será sometido al análisis de la Corte de Justicia.
En la presentación, los letrados señalaron la nulidad de la sentencia por ausencia de motivación, por resultar anulada la fundamentación del voto condenatorio del juez Roberto Dionisio Mazzucco, en su confrontación con el voto de Carlos Roselló. Además exponen que “increíblemente” el tercer magistrado, Fernando Esteban, adhiere al primer voto con total ausencia de motivación.
Además, la defensa puntualiza que se cometieron graves arbitrariedades, falsedades e inexactitudes en el voto de Mazzucco.
Según lo expresado en el documento, se ha menoscabado durante el proceso tanto el derecho de defensa como el principio de inocencia, ya que no se brindaría la posibilidad de controlar la prueba, no pudiendo tener contacto directo con los testigos de cargo ni poder interrogarlos.
La hermana de Saracho
La clave de la presentación cae sobre la testigo de cargos, cuyo testimonio fue fundamental para la decisión. Conforme a lo indicado, las pericias psicológicas y psiquiátricas acreditarían que la hermana del fallecido Lorenzo Saracho, una mujer de más de 40 años de edad, tendría la mentalidad de una niña de 3, además no sabría darse a entender verbalmente con coherencia y es analfabeta. De este modo su testimonio carecería de un mérito mayor.Se hace hincapié en que la mujer no tendría una memoria a largo plazo y fue interrogada 6 meses después del hecho por un equipo de intérpretes que usaron una técnica inadecuada, que sólo funciona en caso de traducciones literales en problemas de idiomas o lenguajes de señas de los sordomudos que tengan un significado exacto, no así los signos guturales y no convencionales que la mujer emite. Esto anularía el valor del testimonio por encontrarse sometido a la subjetividad del intérprete.
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