El organismo que exige la devolución es el Tribunal de Cuentas. Las partidas a devolver corresponden a la rendición de cuentas de 2008.
El Tribunal de Cuentas ordenó al ex intendente de Pozo de Piedra Ramón Alfredo Guzmán devolver más de medio millón de pesos.
La decisión del organismo de contralor es producto de un juicio de cuenta contra el ex intendente y el secretario de Hacienda de la comuna, Aldo Chaile.
El juicio de cuenta contra Guzmán y Chaile se realiza luego de una auditoría al municipio en el año 2008, cuando se descubrieron importantes irregularidades en el uso de diferentes fondos.
En ese sentido, el primero de los seis puntos de la resolución, donde se señalan las irregularidades, indica: "Se observa la falta de registro de ejecución presupuestaria de recursos y gastos (...), motivo por el cual los estados de ejecución presupuestaria de recursos y gastos adjuntos a la rendición de cuentas no cuentan con respaldo registral".
El segundo punto expresa que la documentación respaldatoria de egresos solo consta de la resolución probatoria y el comprobante del gasto "sin constancia de la recepción de los bienes o servicios adquiridos o contratados".
El tercer punto señala que se transfirieron fondos a Caja desde la cuenta corriente correspondiente a fondos de regalías mineras. En ese
Posteriormente se aclara que el municipio responde a este faltante, aunque sin justificar correctamente el uso de las partidas.
El cuarto punto manifiesta que se registraron gastos en el libro Caja y libro Banco por 295.605 pesos, de los cuales no obra respaldo documental.
El quinto punto enuncia que se registraron errores en algunas registraciones de los movimientos del libro Caja. Si bien luego se hicieron ajustes, se detectaron diferencias en los saldos de dicho libro.
El último punto de la resolución indica que el municipio realizó erogaciones mediante procedimiento de contratación directa que transgrede las normativas vigentes que fijan un límite de 5.000 pesos.
En total, el TC obliga al ex intendente y al ex funcionario a devolver unos 576.731 pesos por los puntos 4 y 5, con sus correspondientes intereses. Mientras que por los puntos 1, 2 y 3 exige el pago de una multa de 1.171 pesos a Guzmán y de 810 pesos a Chaile. Las multas equivalen a 8 días de haberes correspondientes a los cargos que detentaban al momento de haberse producido los hechos mencionados.
La resolución del TC fue por mayoría y no por unanimidad. Así también y si bien se exige la devolución de algunas partidas, por mayoría se aprobó la rendición de cuentas del Municipio de 2008.
sentido, el TC solicitó explicaciones por estos movimientos, "no mediando respuestas al respecto".El juicio de cuenta contra Guzmán y Chaile se realiza luego de una auditoría al municipio en el año 2008, cuando se descubrieron importantes irregularidades en el uso de diferentes fondos.
En ese sentido, el primero de los seis puntos de la resolución, donde se señalan las irregularidades, indica: "Se observa la falta de registro de ejecución presupuestaria de recursos y gastos (...), motivo por el cual los estados de ejecución presupuestaria de recursos y gastos adjuntos a la rendición de cuentas no cuentan con respaldo registral".
El segundo punto expresa que la documentación respaldatoria de egresos solo consta de la resolución probatoria y el comprobante del gasto "sin constancia de la recepción de los bienes o servicios adquiridos o contratados".
El tercer punto señala que se transfirieron fondos a Caja desde la cuenta corriente correspondiente a fondos de regalías mineras. En ese
Posteriormente se aclara que el municipio responde a este faltante, aunque sin justificar correctamente el uso de las partidas.
El cuarto punto manifiesta que se registraron gastos en el libro Caja y libro Banco por 295.605 pesos, de los cuales no obra respaldo documental.
El quinto punto enuncia que se registraron errores en algunas registraciones de los movimientos del libro Caja. Si bien luego se hicieron ajustes, se detectaron diferencias en los saldos de dicho libro.
El último punto de la resolución indica que el municipio realizó erogaciones mediante procedimiento de contratación directa que transgrede las normativas vigentes que fijan un límite de 5.000 pesos.
En total, el TC obliga al ex intendente y al ex funcionario a devolver unos 576.731 pesos por los puntos 4 y 5, con sus correspondientes intereses. Mientras que por los puntos 1, 2 y 3 exige el pago de una multa de 1.171 pesos a Guzmán y de 810 pesos a Chaile. Las multas equivalen a 8 días de haberes correspondientes a los cargos que detentaban al momento de haberse producido los hechos mencionados.
La resolución del TC fue por mayoría y no por unanimidad. Así también y si bien se exige la devolución de algunas partidas, por mayoría se aprobó la rendición de cuentas del Municipio de 2008.
DETALLES
El juicio de Cuenta contra Guzmán y Chaile corresponde al primer semestre de 2008 y surge por detectarse irregularidades en la rendición de cuentas.
La resolución lleva las firmas del presidente del TC, Mardonio Díaz Martínez, el vocal Víctor Villarroel y la vocal subrogante Rosa Azurmendi.
La Resolución consta de seis puntos. El 1ero indica falta de registro de ejecución presupuestaria de recursos y gastos. El 2do expresa faltantes de constancias de recepción de bienes y servicios adquiridos. El 3ero señala que se transfirieron fondos a Caja desde la cuenta corriente de regalías mineras. El 4to punto manifiesta que se registraron gastos por 295.605 pesos sin respaldo documental. El 5to punto formula errores en algunas registraciones. El 6to expone que el municipio realizó contrataciones directas superiores a 5.000 pesos.
Más allá de la condena al ex intendente y al ex secretario de Hacienda, el TC por mayoría termina aprobando la rendición de cuentas del municipio.
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