en forma conjunta con las primarias nacionales
Se decidió vetar dos artículos. Regirá la ley Nacional 26.571 que cubrirá los defectos de la normativa.
Apuesta. ahora saadi pidió por la reforma de la constitución.
El anuncio estuvo a cargo del ministro de Gobierno, Gustavo Saadi, y el asesor de Gobierno, Miguel Figueroa Vicario, en el Salón de Acuerdos Fray Mamerto Esquiú de Casa de Gobierno. De esta manera, habrá PASO para la elección de candidatos a gobernador y vicegobernador, veinte candidatos a diputados y seis suplentes; además de senadores titular y suplente en los departamentos de Ambato, Andalgalá, Belén, Capital, Fray Mamerto Esquí, Pomán, Santa Rosa y Valle Viejo. La norma invita a aquellos municipios que poseen Carta Orgánica a adherir a esta convocatoria.
"Hoy, las PASO se realizan por una decisión de la Gobernadora", dijo Saadi, quien ratificó sus críticas para los diputados por los "vacíos y errores" con los que se aprobó la iniciativa. En la conferencia, Saadi explicó que la convocatoria fue dada a conocer luego de instrumentar el veto de los artículos 15 y 34 de la ley aprobada por la Legislatura provincial. No obstante, el Poder Ejecutivo Provincial confeccionó textos alternativos a esos artículos, que serán enviados a la Cámara de Senadores a efectos de ser analizados.
Saadi aclaró que, aún con las observaciones realizadas, las PASO poseen plena vigencia y autonomía funcional. Figueroa Vicario explicó que la ley se publicará hoy en el Boletín Oficial y entra en vigencia. Mencionó que existen antecedentes legales que permiten la promulgación parcial de la ley porque el texto normativo mantiene su unidad y su armonía a pesar del veto de dos artículos que quedan suspendidos en su vigencia.
De esta manera, las PASO provinciales se regirán con la normativa nacional.
Alcance del veto parcial
El Gobierno vetó el artículo 15 del proyecto aprobado en la Legislatura por el que se establecía que las PASO serán convocadas por el Poder Ejecutivo Provincial y fijaba como fecha 90 días antes del acto eleccionario general. Fue este artículo el que abría la posibilidad de desdoblar las elecciones PASO.
El asesor general de Gobierno, Miguel Figueroa Vicario, dijo que fue necesario vetarlo para que no entre en contradicción con el artículo 40 que permite convocar en forma simultánea con las primarias nacionales porque en realidad la fecha del 9 de agosto representa 77 días antes de la elección general.
Por otra parte, el artículo 34 establecía que la Ley de Presupuesto General de la Provincia debe prever para el año en que se realicen las PASO un monto para la impresión de boletas electorales a distribuir entre las agrupaciones políticas.
En este sentido, Figueroa Vicario fue contundente al señalar que no habrá financiamiento para la impresión de las boletas porque la misma Legislatura no aprobó el presupuesto para este año y la previsión para las Primarias.
Agregó que la ley tiene otros defectos que son intrascendentes porque al regir la ley nacional de simultaneidad 15.262, el marco legal estará dado por las disposiciones de la ley nacional 26.571.
EL CRONOGRAMA
El calendario electoral ya está en vigencia. El primer vencimiento importante será el próximo miércoles 10 de junio cuando cierre el plazo para la constitución de alianzas. El trámite se realiza ante la Justicia Electoral Nacional y también ante el juzgado Electoral Provincial.
15 de junio: Constitución de las Juntas Electorales de cada agrupación.
20 de junio: Presentación de las listas de precandidatos ante Junta Partidaria.
22 de junio: Oficialización de listas de precandidatos por cada Junta Partidaria.
9 de agosto: Elecciones primarias, abiertas simultáneas y obligatorias.
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