La ministra de Educación, Andrea Centurión junto a su par de Trabajo y Recursos Humanos, Ariel Luna y la Secretaría de Recursos Humanos Marqueza Blanco, se reunieron para definir el procedimiento administrativo que se llevará a cabo en el proceso de titularización docente de los niveles inicial, primario y secundario en todas sus modalidades de docentes interinos de gestión estatal de la provincia. Este paso se da mientras un grupo de Docentes Autoconvocados reclaman más asambleas para poder acceder a cargos, sobre todo en el interior provincial, donde varios establecimientos carecen de docentes.
Titularizaciones
En tanto el acta acuerdo homologada de la Dirección de Inspección Laboral Nº 296-21 establece como requisitos para la titularización docente, pertenecer al nivel inicial, primario y secundario excepto superior en todas sus modalidades educativas y que la situación de revista sea “interino”, en cargos y/u horas cátedra, no registrar sanción disciplinaria en el Registro de Reincidencia (si se encuentra en proceso de sumario se reserva el derecho a la titularidad a la resolución del mismo).
Con respecto a docentes título 1 y 2, deben contar con una antigüedad de 2 o más años en la docencia, mientras que los docentes con título 3 deben poseer una antigüedad de 5 años en el cargo. Además, deben ostentar cargos y/u horas cátedra hasta un total de 36 puntos y con domicilio en la Provincia de Catamarca según Padrón Electoral 2021.
Asimismo, se informa que se estableció como fecha de corte hasta el 30 de junio de 2021.
Durante la reunión, los ministros resolvieron que la Dirección Provincial de Liquidación de Haberes Docente, a través del departamento Sistemas, confeccionará la base de datos teniendo en cuenta la Disposición Nº296-21 de la Dirección de Inspección Laboral.
De esta manera, la Secretaría de Recursos Humanos Docente solicitará mediante expedientes electrónicos la intervención por separado de la Dirección Provincial de Sumarios del Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos quien emitirá un listado de su competencia, a través del Registro de Reincidencia, de la nómina de docentes que al 30 de junio de 2021 registren sanción o se encuentren con un procedimiento disciplinario en su contra, por aplicación de los Decretos Nº413/2000 y Nº461/2002.
La Secretaría de Gestión Educativa del Ministerio de Educación solicitará a la Junta de Clasificación del respectivo nivel la nómina de docentes con título 3, a tal efecto se deberá adjuntar al expediente electrónico la base de datos confeccionada por el Departamento Sistemas de la Dirección Provincial de Liquidación de Haberes Docentes sobre la cual trabajará la Junta de Clasificación.
Además, la Dirección Provincial de Recursos Humanos y Gestión Docente confeccionará un “Listado Provisorio” previa verificación de los requisitos enumerados anteriormente, de conformidad al Acta Acuerdo Homologada para cada nivel educativo y en todas sus modalidades el cual será publicado oportunamente en la página oficial del Ministerio de Educación (www.catamarca.edu.ar), iniciándose de esa manera el Período de Tacha por el término de siete días corridos (contados a partir de su publicación).
Si consultado el “Listado Provisorio” los datos fueran correctos no será necesario realizar trámite alguno, ningún docente deberá asistir ni presentar ninguna documentación, por lo contrario, el interesado deberá generar un trámite solicitando la revisión y/o incorporación en el listado, a través de un Trámite a Distancia (TAD) en la página Mis Trámites - Trámites a Distancia (catamarca.gob.ar) siendo éste el único medio habilitado al efecto.
Transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles, la Dirección Provincial deberá manifestarse sobre la procedencia o no, de lo expresado por el docente, utilizando el mismo medio por el cual recepcionó el pedido de revisión (TAD).
Concluida la evaluación por parte del organismo, se deberá confeccionar el “Listado Definitivo” que se incorporará al expediente por el cual se tramite el procedimiento de titularización y girado a la Secretaría de Recursos Humanos Docente, quien elaborará el Proyecto de Decreto remitiendo todo lo actuado a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación a efectos de que emita dictamen de su competencia para posterior intervención de la Dirección de Despacho del mismo organismo.
La Dirección de Despacho del Ministerio de Educación correrá vista a la titular de la cartera ministerial para luego dar intervención a la Asesoría General de Gobierno y finalmente se realizará la firma del decreto por parte del Ejecutivo Provincial, aprobando lo actuado.
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