Decreto 046-21
Es así que se establece el Aislamiento Social Estricto en toda la ciudad de Belén desde el día de la fecha y hasta el día domingo 23 de mayo inclusive, pudiendo prorrogarse e incluso extremarse, si la situación actual sanitaria y epidemiológica local no presenta una modificación.
Además, se prohíbe desde las 14:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente y mientras se mantenga la presente medida, LA CIRCULACIÓN y TODA ACTIVIDAD ECONÓMICA tales como:
Comercial en todos su rubros
Culturales/ artísticas.
Recreativas
Deportivas
Religiosas
De culto
Profesional.
Obra pública y privada
Venta ambulante (locales y foráneos)
ACTIVIDADES PERMITIDAS/ CONDICIONES/ DIAS Y HORARIOS:
*Gastronomía por Delivery hasta las 22:00 hs. (de Lunes a Domingo)
*Farmacias y Estaciones de Servicio hasta las 22: 00 hs. (de Lunes a Domingo)
*Servicio de Taxis y Remises (de Lunes a Domingo)
Los días domingos la actividad comercial se desarrollará como se mantenía vigente hasta el presente instrumento hasta las 13:00 horas.
En tanto, las actividades/situaciones/servicios no contemplados en el presente estará sujetos a análisis por parte de las autoridades correspondientes durante los próximos días.
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