miércoles, 28 de octubre de 2020

"El inciso Aybar": Diputados modificó ley de municipios



LE DIERON MEDIA SANCIÓN Y AHORA LO DEBATIRÁ EL SENADO

Incluyeron suspensión sin sueldo en caso de condena por delito doloso y destitución si la condena queda firme.

En una sesión que duró siete horas y media, la Cámara de Diputados reiteró por enésima vez el debate en torno al caso del intendente Enrique Aybar (JCP), condenado por abuso, pero esta vez logró dar media sanción a la modificación de la Ley Orgánica Municipal para incluir la figura de la suspensión ante una condena y la destitución. La hicieron retroactiva al 1 de enero de este año, y el sector del oficialismo díscolo quedó disconforme.

En la Cámara baja se escucharon ayer los mismos argumentos que resuenan desde la condena a Aybar el pasado 14 agosto, con cuestionamientos al juez Jorge Palacios por no haber dictado la prisión preventiva contra el intendente, y esta vez también con críticas y defensas al intendente suplente, Carlos Casimiro, ya que para algunos sectores del oficialismo "es la continuidad de Aybar, y es cómplice".

Luego de horas de debate, los legisladores incorporaron el "inciso Aybar" al artículo nº60 de la ley 4640, que establece las condiciones para la intervención, suspensión y destitución de un intendente o miembro del Concejo Deliberante.

En este sentido, agregaron que el titular del Poder Ejecutivo Municipal o miembro del CD será "suspendido y separado del cargo sin goce de haberes si fuera condenado por delito doloso" hasta tanto la sentencia quede firme. En caso de que la condena ya quede firme, operará la destitución sin más trámites.

Esta figura de la suspensión y destitución corresponderá "por desorden de conducta en ejercicio de sus funciones, por inhabilidad física o moral grave". La suspensión será por un plazo de 180 días, mientras que el mecanismo de la destitución dependerá si el municipio tiene o no tiene Concejo Deliberante. Si el municipio tiene CD, se resolverá con el voto de las tres cuartas partes del cuerpo, mientras que si no tiene CD será por ley con los dos tercios de ambas Cámaras y no podrá ser vetada por el Ejecutivo.

Según lo acordado en Diputados, que unificó los proyectos que se habían presentado al respecto en un solo despacho, la ley será de orden público y con retroactividad al 1 de enero de este año, algo que el diputado Armando Zavaleta (FT) adelantó que sería judicializable.

El sector díscolo del oficialismo quedó disconforme con la medida, pues consideran que esta ley "no aplica para el Caso Aybar". El diputado Daniel Lavatelli (FT) fue de los que no acompañó la norma e insistió en el pedido de intervención

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