miércoles, 10 de marzo de 2021

Defensa del cura se queja por no haber sido notificado

 


El abogado Gustavo Martínez Azar, quien ejerce la defensa técnica del cura Juan de Dios Gutiérrez, acusado de abusar sexualmente de una menor de edad en Belén, se quejó porque tomó conocimiento de la fecha del juicio por medios periodísticos y que desde el Juzgado le negaron que la fecha esté fijada para el 16 de marzo, pero esto terminó siendo así. A su vez, hizo gran hincapié en la necesidad de que el juicio se lleve a cabo de manera presencial y no virtual.


Mediante una nota que presentó a El Esquiú.com, el letrado destacó que “la prensa conoce o accede con antelación, lo que no conocemos los letrados, por no estar notificados conforme a las previsiones de la Ley Adjetiva pues de otro modo, quedamos obligados a desmentir lo que no sería cierto en los periódicos, pero que luego aparece como cierto en las causas judiciales. (…) no obstante que esta versión, fue desmentida y negada por falsa por el secretario la semana pasada, cuando concurrimos al Tribunal y se nos notificó de la aceptación de la prueba. Mentira se transformó en verdad ya que, sorprendentemente, en el día de ayer, se dicta el Decreto que hace cierto el inicio del debate para el día 16 del corriente mes y año”.“

La semana pasada concurrimos al Tribunal con mi asistido y la decisión de iniciar el debate no estaba por escrito, (por lo que) se deberá iniciar una investigación administrativa interna a quien o quienes son las personas que proporcionan información adelantada a la prensa”.


De esta manera, el letrado se queja de no haber sido notificado antes que un medio periodístico sobre el inicio del juicio, asegurando que se le había expresado de manera oficial por parte del personal de la Cámara Penal N°3 que aún no había fecha para el debate y teniendo en cuenta esto, organizó su agenda para atender a esta y otras causas.


En otro tramo del documento, el abogado considera que “la decisión de que el debate sea por vía virtual debe ser desestimada, dando razones de ello, fundamentalmente por la necesidad de examinar personalmente, los testigos, vivenciar todo lo atinente a sus dichos en audiencia, repreguntar, oposición a las preguntas, etc., esencia de la oralidad, en definitiva, todo lo que atañe a la naturaleza jurídica del debate, esto es, percepción en la sala de audiencia, de todo lo que se ha dicho y escuchado, por los sujetos en la audiencia, el acusado, los defensores, el fiscal, los señores jueces, en definitiva, necesidad de desechar la virtualidad del debate, solicitando a esta Corte habilite el salón San Martin, de la Corte de Justicia u otro lugar con toda la amplitud para llevarse a cabo el debate en forma presencial”.

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