martes, 28 de julio de 2020

La Cámara Penal de Tercera Nominación fijará fecha para Enrique Aybar

MÁS CERCA DEL BANQUILLO

El intendente de Puerta de Corral Quemado no casó el fallo y deberá responder por el delito de “abuso sexual”.
martes, 28 de julio de 2020 · 01:03
Enrique Aybar, el intendente de Puerta de Corral Quemado, está más cerca del debate oral. El jefe comunal debe responder por el delito de "abuso sexual simple agravado por ser el encargado de la guarda". El 23 de junio pasado estaba prevista la audiencia en la Cámara Pena de Tercera Nominación pero el acusado presentó un planteo de nulidad. El juez Jorge Palacios no hizo lugar y en un plazo de 10 días hábiles, la sentencia quedaba firme. En un primer momento, el plazo para casar el fallo vencía el 14 de julio pero, debido al receso judicial extraordinario, aquél se corrió y el plazo finalmente venció ayer. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que la defensa no casó la resolución del magistrado, por lo que el Tribunal fijará nueva fecha de debate.
La causa se abrió en 2013 tras la denuncia de la madre de una adolescente a la que el intendente habría traído a la Capital para gestionarle una beca. En la estadía, Aybar la habría llevado hasta un motel y la habría obligado a mantener relaciones sexuales. El jefe comunal estuvo 12 días detenido y fue excarcelado tras fijársele una caución. En tanto que la familia de la joven denunciante designó como abogados de la querella a los abogados del foro local Sebastián Ibáñez y Bruno Jerez. 
Postergados
En dos ocasiones Aybar pudo esquivar al banquillo de los acusados. El primer debate estaba previsto para octubre de 2018 pero, en aquella oportunidad, la audiencia no se pudo concretar porque el imputado no había podido ser notificado. Se fijó una nueva audiencia, para septiembre del año pasado. Aybar solicitó la suspensión del juicio a prueba –más conocida como probation- y ofreció la suma de $300.000 como resarcimiento económico. Sin embargo, no se le hizo lugar al planteo y la defensa casó el fallo. En noviembre, la Corte de Justicia de Catamarca rechazó el planteo Aybar. La nueva audiencia estaba prevista para el 23 de junio pero la defensa había planteado una nulidad.
La suspensión del juicio a prueba es un derecho que la ley acuerda a determinados acusados formalmente, siempre y cuando haya posibilidad de una pena condicional. No obstante, los casos de violencia contra la mujer no contemplan la posibilidad de la probation. En todos los casos se debe realizar el debate oral. Tanto en las cámaras penales como en la Corte de Justicia se sentaron importantes precedentes en relación con la violencia contra la mujer. Tal violencia no precisamente debe ser física; en ocasiones puede ser psicológica, económica o verbal. La violencia sexual es una de las formas extremas de violencia contra la mujer. En una sentencia, la Corte de Justicia remarcó que en los hechos de violencia de género se debe realizar el debate oral y público “tal como lo exige el artículo 7 de la Convención de Belem Do Pará”.
Más denuncias
Conocido este caso en 2013, dos adolescentes del norte de Belén denunciaron haber sido abusadas por Aybar cuando él ejercía su cargo como director de la escuela. Tales habrían ocurrido entre 2010 y 2012, cuando Aybar aún no era intendente. El trámite atravesó por varias instancias, sin elevación a juicio, y una de las denunciantes se mudó a otra provincia. Ello lleva a que la causa se encuentre demorada. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario