La Cámara de Apelación Penal Juvenil resolverá un planteo de nulidad presentado por la defensa.
La Cámara de Apelación Penal Juvenil dará a conocer la próxima semana si se hace o no lugar a un planteo de nulidad en relación con el crimen del docente Luis Héctor Calderón (59). A mediados de enero pasado, el docente belicho fue brutalmente asesinado en su casa, en la ciudad de Belén. El cuerpo del docente había aparecido golpeado en el baño de su chalet de tres pisos; se indicó que la causa de muerte fue por “politraumatismo”. Faltaba dinero y su teléfono celular apareció quemado en una estufa.
Por el violento crimen, una joven pareja de novios está acusada: Gabriel “Gabocha” Carrizo y su novia de 17 años fueron imputados por el delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y para facilitar, consumar y ocultar otro delito para asegurar el resultado y la impunidad (criminis causa)” y “robo en concurso ideal”. Actualmente, el abogado del foro local Roberto Mazzucco es el defensor de los novios de Belén, pero, en un primer momento, el abogado Francisco Alloco estuvo a cargo de la defensa. A finales de abril presentó un planteo de nulidad ante la jueza de Control de Garantías de la Tercera Circunscripción Judicial, Sabrina Rodas Tizón, pero la magistrada no hizo lugar al planteo y la causa fue remitida a la Cámara de Apelación Penal Juvenil.
Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que este Tribunal especializado está integrado por los jueces Fabricio Gershani Quesada, Raúl Da Prá y Juan Pablo Morales. Está previsto que la audiencia del Tribunal de Alzada en lo Penal Juvenil se concrete el jueves.
Hace 10 días, “Gabocha” fue trasladado al Servicio Penitenciario de Miraflores, en Capayán. En tanto que su novia, si bien está coimputada, esperará el debate en libertad.
Por esta situación en la que una adolescente se encuentra involucrada junto con un joven adulto, la causa se tramita en el marco del Tribunal Penal Juvenil, dado que funciona como fuero de atracción. El artículo 19 de la Ley Provincial 5.544 establece que el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil ejercerá como fuero de atracción sobre todas aquellas causas en las que se encuentren imputados o procesados jóvenes menores de edad punibles al tiempo de acaecimiento de los hechos tipificados como delitos, y en aquellos en los que se les hubiera atribuido responsabilidad penal en forma conjunta con adultos.
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